Entre la Universidad Champaganat, en adelante LA UNIVERSIDAD, representada por el Seor Vicerector Académico Ingeniero Rubén Bresso y el Seor Decano de la Facultad de Ciencias Económicas, Cdor. Ernesto Moretti y el Consejo de Profesionales en Comercio Internacional de Mendoza, en adelante EL CONSEJO, representado por su Presidente, Lic. Ricardo Villanueva y su Vicepresidente, Lic. Marcelo Daniel Salvarredi. Se acuerda el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Es objeto del presente convenio instrumentar un sistema de intercambio entre ambas partes, consistentes en compartir información, experiencias, materiales e infraestructura procurando así enriquecer los servicios que ellas prestan, en el convencimiento que el esfuerzo mancomunado permitirá optimizar los recursos disponibles en beneficio de la comunidad. Participando en este espíritu, ambas partes asumen los compromisos que se detallan en las cláusulas que siguen.
SEGUNDA: LA UNIVERSIDAD se compromete a facilitar sus instalaciones que se ubican en calle Belgrano Nº 721 del Dpto. de Godoy Cruz provincia de Mendoza, para la realización de eventos técnicos-profesionales que ambas partes resuelven organizar y auspiciar en forma conjunta; apoyar todo tipo de iniciativa tendiente a integrar a los alumnos avanzados en sus estudio al contexto profesional en el cual deberá interactuar al egresar de la Universidad; autorizar el acceso a la biblioteca de LA UNIVERSIDAD a los profesionales habilitados, debiendo éstos ajustarse estrictamente a las normativas que al respecto fije LA UNIVERSIDAD; facilitar e impulsar la participación de su claustro docente, siempre que sea en cursos, conferencias, jornadas, paneles o cuando se requiera desde EL CONSEJO opiniones técnicas que justifican la intervención de docentes con el o los temas en cuestión.
TERCERA: EL CONSEJO se compromete a rendir a la biblioteca de LA UNIVERSIDAD ejemplares del material técnico e informativo que edite y/o reciba (boletines, informes, resoluciones técnicas, memorándum, etc.) autorizar el acceso a la biblioteca de EL CONSEJO a los alumnos regulares de 2º, 3º y 4º año de LA UNIVERSIDAD, a los eventos técnicos-profesionales que organice EL CONSEJO, siempre que exista cupo disponible, que no sea limitado en número de los asistentes y que resulte suficiente el espacio físico previsto; facilitar la participación de los alumnos de LA UNIVERSIDAD en las actividades de EL CONSEJO que así lo permitan, como por ejemplo, trabajo de comisiones específicas, intermedia entre LA UNIVERSIDAD y los matriculados del medio para la concreción de pasantías de alumnos en estudios profesionales, temas para seminarios y trabajos de investigación.
CUARTA: Ambas partes acuerdan que el contenido de las cláusulas segunda y tercera no será interpretado con criterio taxativo, toda vez que la intención del presente convenio es avanzar hacia una articulación fluida y fecunda del accionar de LA UNIVERSIDAD y EL CONSEJO, en procura de los objetivos sealados en la cláusula primera en consecuencia consideran parte integrante de este convenio a todos aquellas alternativas y propuestas no contempladas específicamente en el mismo que, por sus características, sean representativas del espíritu y objetivos acordados, salvo que, expresamente, ambas partes no resuelvan lo contrario.
QUINTA: El presente convenio regirá desde la fecha de suscripción y por el término de un (1) año, renovándose automáticamente pro un período similar, siempre que una de las partes no le comunique a la otra en forma fehaciente y con una anticipación no menor de quince (15) días su voluntad en contrario.
SEXTA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio en cualquier momento, sin necesidad de la causa, siempre que notifique a la otra su voluntad en tal sentido, en forma fehaciente con una antelación no menor de quince(15) días, no generando para ninguna de las partes ningún tipo de derecho ni reclamo alguno.
En prueba de conformidad y al solo efecto, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, República Argentina, a los quince días del mes de mayo del 2.003.
Cdor. Ernesto Moretti (Decano U.M.C)
Ing. Ruben Bresso (Vicerrector académico U.M.C)
Lic. Ricardo Villanueva (Presidente C.P.C.I.M.)
Lic. Marcelo Salvarredi (Vicepresidente del C.P.C.I.M)